← Inicio de sesión · Privacidad · Registro de jornada · Portal empleado

Registro de jornada laboral

Información para trabajadores según el Real Decreto-ley 8/2019 y el art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores.

Qué se registra

Tu obligación

Debes fichar de forma fiel al inicio y al final de la jornada y en cada pausa, según las instrucciones de tu empresa.

Consulta y correcciones

Puedes consultar tus fichajes en el portal del empleado. Si detectas un error, comunícalo a tu responsable; las correcciones quedan registradas con motivo y trazabilidad.

Conservación

La empresa conservará estos registros durante al menos 4 años, salvo plazo superior exigido por normativa o convenio.

Geolocalización

Solo se solicita ubicación en el fichaje web si tu empresa lo ha activado expresamente en tu ficha. El kiosko y la tarjeta NFC no usan GPS del móvil del trabajador.

Cierre automático

Si la empresa lo tiene configurado, una jornada abierta puede cerrarse automáticamente tras un margen de seguridad. Se generará incidencia para revisión.

Ver información de privacidad (RGPD)