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El titular del tratamiento (empresa cliente)
Obligación legal en materia de registro de jornada (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores) e interés legítimo / ejecución contractual en la relación laboral, según corresponda en cada caso.
Los registros de jornada se conservan al menos durante el plazo legal aplicable (habitualmente 4 años). Otros datos se mantienen mientras dure la relación laboral y los plazos de prescripción.
Puedes ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad ante tu empresa. También puedes reclamar ante la AEPD (www.aepd.es).